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La Juez nº 8 de Barcelona ha dictado una Sentencia anulando la compra de 1.511,07 € de acciones de la ampliación de capital de Banco Popular.
Se trata de un cliente que adquirió las acciones por la confianza en el empleado y en la información que salió publicada sin imaginarse que el Banco podría ser intervenido por las autoridades europeas.
La Sentencia establece que el inicio de la crisis del Popular debe situarse en el año 2008 cuando diseñó una estrategia muy agresiva de captación de crédito que provocó un aumento de sus deudores morosos y de activos tóxicos.
La Sentencia determina que se ocultó la verdadera situación económica del Banco pues había pérdidas no declaradas y un patrimonio neto inexistente. A pesar de ello cada año publicaban las cuentas que reflejaban beneficios a excepción de los años 2012 y 2016.
La Sentencia se apoya en el Informe Pericial que se aporta con la demanda, que concluye que las cuentas del Banco no reflejaban la imagen fidedigna y en el que se exponía: